Cicerón
La solidez de la familia, fundamento de la sociedad romana, se apoya sobre la autoridad del pater familias, que es ilimitada. Éste tiene derecho de vida o muerte sobre su mujer, los hijos, los plebeyos que están bajo su protección y los esclavos. Este derecho sólo está limitado por la costumbre que le obliga a oír la opinión de un consejo de familia antes de aplicar a la mujer y a los hijos las penas más graves. Sus herederos son los hijos varones. La mujer pasa de la autoridad de su padre a la de su marido y, si éste muere, cae bajo la tutela de un pariente del difunto. Los deberes del plebeyo hacia su señor son abundantes y severos, pero recibe a cambio una protección ilimitada del señor. Si le engaña, es maldecido.
Los atentados contra la propiedad privada son castigados con severidad: quien los sufre puede matar impunemente a quien los perpetra. Cuando alguien muere sin testamento y sin herederos, sus bienes pasan a propiedad de los miembros de su gens. Esta norma es un eco de antiguas costumbres gentilicias, cuando quizá la propiedad de la tierra era aún colectiva.
Las referencias a la vida agrícola son numerosas: execración contra quien maldice la cosecha; condena a ser quemado vivo a quien quema voluntariamente las gavillas de mieses almacenadas junto a las casas campesinas, etc. La ley del Talión, propia de sociedades arcaicas, está aún en vigor.
El deudor que no paga no tiene salvación posible; su acreedor puede matarlo o venderlo como esclavo al otro lado del Tíber, es decir, fuera de los límites del estado. Si los acreedores son más de uno, el deudor puede ser cortado en pedazos para satisfacer los derechos de todos ellos.
Como se ve, se trata de normas que regulan tradicionalmente la vida en el ámbito de la comunidad patricia. Pero en la codificación no faltan indicios de una tendencia a mitigar el rigor de ciertas normas habituales. Por ejemplo, está prevista una forma de matrimonio consensual que rescata a la esposa de la manus maritalis: si ella falta tres noches al lecho conyugal, previa declaración de no querer regresar a la casa del marido, el matrimonio queda anulado. El derecho paterno de matar a los recién nacidos queda también abolido. El padre está obligado a educar a todos los hijos varones y, al menos, a la mayor de las hijas.
Otras leyes indican algunas concesiones que son auténticas conquistas para la plebe. Son precisamente estas normas las que constituyen la mayor contribución de los jefes de la plebe a la formulación de las Leyes de las Doce Tablas, y reflejan la mentalidad más abierta. Así, por ejemplo, se prevé la posibilidad de reparar, mediante el pago de una cantidad, los daños físicos hechos a una persona. Es éste un primer intento de superar la vieja norma del "ojo por ojo y diente por diente". Se establece además un intervalo de noventa días entre la declaración de una condena a un deudor y su ejecución.
Al calendario civil entonces vigente, que se atribuye al rey Numa y que con sus 355 días se atrasa respecto al astronómico, se añade cada dos años un mes intercalable fijo para ir a la par del ciclo solar. Tal innovación exigía la necesidad de cierta estabilidad, a fin de que las modificaciones sean del conocimiento de todos.
Finalmente, es artículo de gran importancia la prohibición solemne de condenar a muerte a los ciudadanos, a no ser por el comicio centuriado, el cual no se pronunciará sino después de que el acusado haya sido presentado a juicio.
Rey Numa
La codificación de las normas representa un factor decisivo en la estructura política y social romana. La ley escrita, conocida por todos, impide normalmente su infracción, lo que favorece a las personas particulares. La noción de derecho ius, penetra en las conciencias y se impone gradualmente al concepto de lo fas y lo nefas, lo lícito y no lícito según el derecho sagrado, inseparable de la religión.
La primera codificación escrita del derecho romano es, pues, un hecho de capital importancia. Así fue considerado por los antiguos y será admirable la influencia que esta codificación tendrá sobre el desarrollo de las concepciones jurídicas de toda Europa.
Que barbaridad con el pater familias. Mire que tener derecho sobre la vida y la muerte! Y cuantos lo ejercerian.
ResponderEliminarAlgunos en la actualidad deben de creerse aun pater familias, jiji.
Un buen repaso de derecho romano, madame.
Bisous
¡He regresado de golpe a mi primer año de carrera!. Y no sé si me he sentido bien o mal...jejeje
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